Desde Consultoría de Negocios vamos a explicar que derechos tienes si te toca trabajar en día de elecciones. Has de saber que, si se da esta circunstancia, tienes derecho a un permiso retribuido para ejercer tu derecho al voto y que la duración de este permiso será equivalente al tiempo en el que coincida tu horario laboral con el de apertura del colegio electoral.
Para aquellos que tengáis un contrato a tiempo parcial el permiso será proporcional a vuestra jornada de trabajo.
El responsable de organizar los permisos dentro de una empresa será el empresario y este puede llegar a pediros el justificante correspondiente a este permiso, el cual se os entregará en el colegio electoral.
Si quieres ejercer tu derecho al voto por correo, tienes derecho a un permiso de hasta 4 horas. Recuerda, que si tu contrato es a tiempo parcial tu permiso se reducirá proporcionalmente a tu jornada de trabajo.
En el supuesto de forméis parte de una mesa electoral, tendrás derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, siempre que sea un día laborable para ti. Adicionalmente te corresponde un permiso retribuido de 5 horas el día posterior a las elecciones.
En el caso de que hayas sido llamado como suplente en una mesa electoral, deberás acudir al colegio electoral para ver si tienes que sustituir a alguno de los titulares y si necesitan de tus servicios te corresponderán los permisos antes mencionados. Si no son necesarios tus servicios en la mesa electoral, deberás volver a la empresa a realizar tu trabajo y no tendrás derecho a ningún permiso retribuido.
Si tu jornada de trabajo es en turno de noche podrás solicitar el cambio de turno el día anterior a las elecciones y el día posterior a las elecciones deberá volver a turno de noche pero con una reducción de 5 horas.