Ahora que estamos en Fase 1 y muchos negocios retoman su actividad, debemos evaluar el riesgo de exposición de los trabajadores al COVID-19 para poder diseñar un protocolo de actuación en cuanto a las medidas de prevención frente a posibles contagios por coronavirus.
Naturaleza de las actividades y evaluación del riesgo de exposición
Según establece el Ministerio de Sanidad, en función de la naturaleza de las actividades y los mecanismos de transmisión del coronavirus SARS-CoV-2, podemos establecer los diferentes escenarios de riesgo en los que se pueden encontrar los trabajadores, que exponemos a continuación:
Exposición de riesgo: aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso probable o confirmado de infección por el SARS-CoV-2, sintomático.
Exposición de bajo riesgo: aquellas situaciones laborales en las que la relación que se pueda tener con un caso probable o confirmado, no incluye contacto estrecho.
Baja probabilidad de exposición: trabajadores que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto (mampara de cristal, separación de cabina de ambulancia, etc.).
Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición. Para ello, es preciso que facilitemos los medios necesarios para que las personas trabajadoras puedan mantener su higiene personal adecuadamente. En particular, destacamos las siguientes medidas y recomendaciones:
– Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, y desecharlo a un cubo de basura con tapa y pedal. Si no se dispone de pañuelos emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.
– Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca.
– Practicar buenos hábitos de higiene respiratoria.
Cualquier medida de protección debe garantizar la protección adecuada al trabajador de aquellos riesgos para su salud o su seguridad.
La información y la formación son fundamentales para poder implantar medidas organizativas, de higiene y técnicas entre el personal trabajador en una circunstancia tan particular como la que vivimos actualmente Debemos garantizar que todo el personal cuente con una información y formación específica y actualizada sobre las medidas específicas que se vayan implantando. Potenciaremos el uso de carteles y señalización que fomente las medidas de higiene y prevención. Es muy importante que vayamos adaptando la información y la formación en función de las medidas que el Ministerio de Sanidad vaya actualizando, para lo que necesitaremos hacer un seguimiento continuo de las mismas.
Además de la higiene personal, debemos poner los medios necesarios para garantizar la higiene de los lugares de trabajo. La limpieza y desinfección de los lugares y los equipos de trabajo, son dos importantes medidas preventivas. Trataremos de realizar una limpieza diaria de todas las superficies y espacios, haciendo especial hincapié en aquellas zonas de contacto frecuente como son los pomos de las puertas, las barandillas, telefonillos, etc.
Debemos limitar el número de personas y el tiempo de exposición al mínimo posible.
Evitaremos la incorporación al trabajo de personal que presente sintomatologías o sea considerado especialmente sensible a este riesgo.
Las medidas y condiciones que debemos adoptar con el fin de garantizar la salud de los trabajadores y el personal de mantenimiento, y evitar la propagación del virus, deben ser las que señala la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Sanidad, sin perjuicio de las indicadas por las Autoridades Autonómicas y Locales.
Medidas dirigidas a la prevención y control de la infección.
Medidas de carácter organizativo
– El aforo máximo debe permitir cumplir con las medidas extraordinarias dictadas por las autoridades sanitarias, concretamente con el requisito de distancias de seguridad.
– Cuando es posible, habilitamos de mecanismos de control de acceso en las entradas de los locales. Este control de acceso debe garantizar el cumplimiento estricto del aforo máximo calculado para esta situación extraordinaria.
– Cuando es de aplicación, se establecen medidas para organizar a los clientes que permanezcan en el exterior del establecimiento en espera de acceder a él cuando lo permita el aforo. Todo el público, incluido el que espera en el exterior del establecimiento, debe guardar rigurosamente la distancia de seguridad.
– Debemos informar claramente a los clientes sobre las medidas organizativas y sobre su obligación de cooperar en su cumplimiento.
– Lavarse las manos frecuentemente utilizando agua caliente y jabón cuando sea posible, frotando bien por toda la mano. Si las manos están visiblemente limpias, la higiene se puede hacer con productos de base alcohólica.
– Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca. Las manos lo tocan todo y los gérmenes pueden sobrevivir en las superficies durante un tiempo.
– Adoptar medidas de higiene respiratoria y al toser o estornudar cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo, y desecharlo a un cubo de basura con tapa y pedal. Si no se dispone de pañuelos emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.
– Siempre que sea posible, mantener un distanciamiento social de 2 metros de persona a persona.
– Evitar contactos físicos innecesarios.
– Limpieza diaria de lugares y utensilios comunes (mesas, pasamanos, pomos de puertas, botoneras de ascensores, etc.).
– Minimizar los contactos entre los trabajadores y proveedores.
– Evitar que trabajadores sintomáticos se incorporen al trabajo.
– Limitar la realización de reuniones, favorecer la videoconferencia.
Medidas de protección personal
La forma óptima de prevenir la transmisión es usar una combinación de todas las medidas preventivas, no solo Equipos de Protección Individual (EPI). La aplicación de una combinación de medidas de control puede proporcionar un grado adicional de protección.
Debemos seleccionar los Equipos de Protección Individual, en caso de ser necesarios, en función de la evaluación específica del riesgo de cada caso y según la información elaborada con el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en los anexos II y III del Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al coronavirus (SARS-COV-2), del 24 de marzo de 2020.
Para más información y actualizaciones, visita el siguiente documento sobre el Procedimiento de Actuación para los servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2, con fecha 22 de mayo de 2020, del Ministerio de Sanidad.