La AEDP (Agencia Española de Protección de Datos) inspecciona a miles de empresas cada año (y a otras entidades y particulares) e impone sanciones a un buen número de ellas. Nada impide que la suya pueda ser la siguiente. De oficio (es decir, a iniciativa de la propia AEPD) o tras la denuncia de un particular o de otra empresa (lo más frecuente), en cualquier momento puede recibir la visita de un inspector en su empresa.
Ante ésto, su mejor arma defensiva es presentar su DOCUMENTO DE SEGURIDAD, que es la radiografía de las medidas de seguridad de su empresa, pues es la pieza básica que ayuda a cumplir las medidas de seguridad a las que la ley de protección de datos obliga.
Este documento de seguridad es un documento interno de la organización y no debe ser notificado a la Agencia Española de Protección de Datos, quedando a su disposición, o en su caso, de las autoridades de protección de datos de las Comunidades Autónomas, pero es de gran interés su elaboración…y evita sanciones ante una inspección de la AEDP.
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